Bono social eléctrico y térmico: requisitos y cómo solicitarlo

El bono social eléctrico es un descuento sobre la factura de la luz para hogares que cumplen ciertos requisitos de renta o situación familiar. El térmico es una ayuda anual, en un pago único, para gastos de calefacción, agua caliente o cocina.

Y hay un dato que sorprende: bastantes hogares que cumplen los requisitos no lo solicitan, sencillamente porque no saben que les corresponde.

Los dos bonos, en corto

Bono social eléctricoBono social térmico
Qué esDescuento en la factura de la luzPago único anual
Para quéElectricidadCalefacción, agua caliente y cocina
Hay que solicitarloNo: se concede automáticamente
Requisito previoEstar en la tarifa regulada (PVPC)Ser beneficiario del eléctrico
RenovaciónPeriódicaAutomática mientras dure el eléctrico

La consecuencia práctica más importante: el térmico llega solo si tienes el eléctrico. Así que todo el esfuerzo se concentra en solicitar el primero.

Quién puede pedirlo

A grandes rasgos, hay dos vías de acceso:

  • Por nivel de renta, con umbrales que suben según el número de miembros de la unidad familiar y que se incrementan en situaciones de especial vulnerabilidad.
  • Por situación personal o familiar: familias numerosas, pensionistas con pensión mínima, y determinadas circunstancias de discapacidad, violencia de género o víctimas de terrorismo, entre otras.

Los umbrales y categorías se actualizan periódicamente, así que la fuente que manda es la información oficial vigente en el momento de solicitarlo. Si tu situación ha cambiado —reducción de ingresos, cambio en la unidad familiar— merece la pena revisarlo aunque te lo denegaran antes.

Cómo se solicita

  1. Comprueba que estás en la tarifa regulada. Es requisito. Si estás en mercado libre, hay que cambiar primero: cómo se hace, y es gratis.
  2. Reúne la documentación: DNI de todos los miembros, libro de familia o certificado de pareja de hecho, certificado de empadronamiento colectivo, y el formulario de solicitud firmado por todos los miembros mayores de edad.
  3. Envíalo a tu comercializadora de referencia, que es quien tramita. Se puede hacer por correo electrónico o postal según la empresa.
  4. Espera la resolución. Si falta algo, te lo requerirán: revisa el correo, porque los plazos de subsanación son cortos.

Los cinco motivos habituales de denegación

  1. Estar en el mercado libre. El más común, y el más fácil de resolver.
  2. Falta la firma de algún miembro mayor de edad de la unidad familiar.
  3. El empadronamiento no coincide con la dirección del suministro.
  4. El titular del contrato no es quien solicita. Deben coincidir.
  5. No responder a un requerimiento de documentación dentro del plazo.

Lo que no cubre

  • No es gratis la luz. Es un descuento sobre una parte de la factura, con un límite de consumo anual bonificado.
  • El térmico no paga la instalación de calefacción. Para eso están las ayudas a la eficiencia energética: ayudas y normativa.
  • No cubre segundas residencias: debe ser la vivienda habitual.

Además del bono, tres cosas que sí bajan la factura

  1. Ajustar la potencia contratada, que se paga todos los días: cómo saber cuánta necesitas. Es un ahorro fijo de 40-100 € al año.
  2. Bajar un grado la calefacción, en torno a un 7% del consumo: los números.
  3. Sellar corrientes y purgar radiadores, que sube la sensación térmica sin gastar nada: cómo purgar.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tarda en aplicarse?

Una vez aprobado, se aplica en la siguiente facturación. Si hay requerimientos de documentación, el plazo se alarga.

¿Hay que renovarlo?

Sí, tiene una vigencia determinada y hay que volver a acreditar la situación. Apunta la fecha: mucha gente lo pierde por no renovar a tiempo.

¿Puedo pedirlo si vivo de alquiler?

Sí, siempre que el contrato de suministro esté a tu nombre y sea tu vivienda habitual.

¿Y si me lo deniegan?

Revisa el motivo, que siempre se indica. La mayoría de denegaciones son subsanables: una firma que falta, un empadronamiento que no coincide o estar en el mercado libre.

¿Existe algo parecido para el gas?

El bono social térmico cubre precisamente el gasto de calefacción, sea cual sea la energía usada. No es un descuento en la factura del gas, sino un pago anual.

Si crees que puedes tener derecho

Comprueba primero si estás en la tarifa regulada, porque es el requisito que bloquea más solicitudes. El cambio es gratuito y no interrumpe el suministro. Y consulta los umbrales vigentes en la información oficial antes de descartarte: se actualizan, y lo que no aplicaba hace dos años puede aplicar ahora.

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